Resumen: PRIMERO.- Interpone la defensa recurso de apelación contra el pronunciamiento condenatorio de la sentencia dictada en primera instancia solicitando su revocación y libre absolución.
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la aprobación definitiva de un PGOU.Considera el Tribunal que es ajustada a derecho la no aceptación de petición de subrogación solicitada a la Administración Autonómica ante la inactividad municipal ya que no se daba ninguno de los supuestos contemplados para que pudiera tener lugar dicha subrogación y también es ajustada a derecho dicha contestación cuando se rechaza la misma porque ya la CTMAyU había resuelto con anterioridad la denegación de la aprobación definitiva del PGOU en relación con los ámbitos discutidos.La impugnación indirecta solo tiene cabida en la medida en que la ilegalidad de la norma de cobertura se proyecta sobre el acto de aplicación, por lo que el cuestionamiento del instrumento de ordenación de rango superior sólo puede venir referido a aquellos aspectos o determinaciones que tengan incidencia a la hora de enjuiciar la conformidad a derecho del acto de aplicación que sea objeto del recurso directo. No puede aprovecharse la impugnación directa para entablar una impugnación indirecta con el contenido y alcance pretendido por la parte actora en la demanda rectora del procedimiento. Para ello debiera haber utilizado la parte actora la vía de la impugnación directa, lo que no ha hecho, pese a que al interponer el presente recurso no había vencido el plazo para recurrir directamente el Acuerdo de aprobación definitiva del PGOU. Con base en dichos argumentos se rechaza la impugnación indire